El Tutor de Educación Primaria

El tutor en el ámbito de la Educación Primaria tiene un papel muy importante, pues su labor tiene una doble vertiente. Por un lado, tienen las responsabilidades propias de cualquier docente, pero también son responsables del desarrollo personal y social de los alumnos. Son variadas las funciones y habilidades que debe tener un tutor, sin embargo, empecemos por el principio.

.: FUNCIONES DEL TUTOR EN EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
Fuente: http://wwwtecnoedubarrientos24.blogspot.com/2011/06/funciones-del-tutor-en-educacion.html

El tutor/a es aquel docente que se encarga de cada uno de los niveles educativos del centro escolar, están designados directamente por el director y son coordinados por el jefe de estudios. La función de estos tutores en el aula es la misma que tiene cualquier otro docente, y al mismo tiempo son un medio de conexión entre los diferentes elementos del centro, a saber; el equipo directivo, los alumnos y las familias.

Si hablamos del tutor en Educación Primaria, es obligatorio mencionar la acción tutorial. La acción tutorial se define como el conjunto de acciones educativas con las que se pretende potenciar y desarrollar las capacidades de los alumnos, así como la orientación que se les ofrece para propiciar su maduración, su autonomía y para ayudarles en la toma de decisiones que serán esenciales en su vida futura, siempre de acuerdo con los contextos personales de cada una.

Esta acción tutorial se puede dividir en dos modalidades, la tutoría de tipo reactiva, la cual se ejecuta por petición expresa del alumno y la tutoría proactiva, que se pone en marcha desde el tutor para adelantarse a las necesidades de sus alumnos. Una buena práctica tutorial debería tener un poco de ambas corrientes, por un lado, la acción tutorial proactiva es esencial, permite crear unas bases sólidas sobre las que asentarse en caso de necesidad y además es fundamental para tener información que permita comunicarse tanto con las familias como con el resto de elementos del centro. Así mismo que exista una implicación por parte de los alumnos es extremadamente positivo pues permite obtener más información y ejercer la labor de orientación del tutor. Es por esto que la acción tutorial perfecta sería una combinación de ambas, sin embargo, no siempre existe la implicación del alumnado que propicie una acción reactiva, por lo que siempre deberá existir una acción proactiva para compensarlo.

La sociedad en educación: El tutor y la familia en ...
Fuentehttps://educacionysociedadelanmomi.blogspot.com/2015/05/el-tutor-y-la-familia-en-educacion.html

Las nuevas tecnologías resultan herramientas extremadamente útiles en esta labor del tutor, pues permiten ampliar los canales de comunicación, así como otorgarle mayor versatilidad y comodidad al tutor en su trabajo. El tiempo y el espacio también se vuelven menos restrictivos cuando se hace uso de estas herramientas, pues se pueden crear entornos virtuales en los que la comunicación se pueda llevar a cabo en tiempo real y de forma fluida, siempre marcando unas barreras para no sobre abusar de esta comunicación con el tutor.

Además, queremos destacar los aspectos más relevantes que encontramos en la legislación educativa que se refiere al tutor de Educación Primaria:

La figura del tutor en Educación Primaria se ve sostenido por cuatro pilares normativos que emplea como referentes legislativos. Estos son:

- LOE. Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación
- Decreto 43/2005 por el que se regula la Orientación educativa y profesional en Castilla-La Mancha
- Decretos 67 y 68/2007, de 29 de mayo de 2007, por los que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
- Orden de 25 de mayo de 2007 de organización y funcionamiento de los colegios de Educación Infantil y Primaria en Castilla-La Mancha

Lo apropiado habría sido escribir "Estamos en una ...
Fuente: https://www.laprensa.com.ni/2017/10/26/cultura/2320145-lo-apropiado-habria-sido-escribir-estamos-en-una-democracia-y-las-leyes-son-iguales-para-todos

Según el Artículo 91, Funciones del profesorado, del Capítulo I en el Título III de la LOE, se destaca que las principales funciones del profesorado son la tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje, siempre en colaboración con las familias, algo que es de destacable relevancia.

Es el tutor el que tiene que estar en comunicación continua con las familias acerca del proceso académico-evolutivo de su hijo/a. Es el encargado de coordinarse con el resto del claustro de profesores a la hora de evaluar, puesto que es quien dirige y orienta el aprendizaje de sus alumnos. Esta idea de coordinación se ve reforzada por el Artículo 118, Órganos de coordinación docente y régimen de funcionamiento.

Dentro de la normativa actual del BOE, destacan varios artículos que refuerzan esta idea principal citada. Los Artículos 51 y 58 hablan acerca de la relevancia que tienen tanto la acción tutorial, así como el asesoramiento específico en la orientación educativa. No solo eso, sino que la Consejería competente en asuntos de educación desarrollará experiencias de tutoría personalizada tanto para el alumnado como para las familias, ya que como sabemos, la tutoría de grupo tiene un tiempo curricular específico. Esto también queda reflejado en el Artículo 119, Principios generales.

El Artículo 103 se centra en el proyecto educativo, ya que este tiene en cuenta las características del entorno social y cultural del centro, incluyendo entre sus contenidos el que hace mención a la orientación educativa y profesional y la acción tutorial.

Los Principios de equidad también entran en este marco legislativo, por medio del Artículo 120. Principalmente se aclara que la diversidad se entiende como un valor que debe presenciarse no solo en los modelos de tutoría personalizada, sino en todos los demás ámbitos de la Educación.

El tutor también es responsable de la coordinación de los planes de trabajo que deban realizar los alumnos que presenten necesidades específicas de apoyo educativo, así como los que permanezcan un año más en un mismo curso o ciclo con materias no superadas. Aquí entrarían en juego los planes de trabajo individualizados, que deberán realizar los alumnos con las características citadas anteriormente bajo la coordinación del tutor y el asesoramiento del área de orientación y apoyo (tal y como señala el Artículo 122, Detección y planificación de la respuesta).

La figura del tutor es más que un maestro, puesto que no solo se encarga de las tareas citadas a lo largo de este marco legislativo, sino que además la organización también corre a su cargo. Según los Artículos 154 y 161 la orientación educativa y profesional se desarrolla mediante la acción tutorial; los itinerarios junto con las características determinadas por la Conserjería también son parte de la organización que todo tutor debe seguir por ley.

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